Dt 1 Reglamento marco de organización de las Policías Locales
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»D.T. 1ª
Vigente
1. Las denominaciones asignadas en los artículos 7 y 10 del Reglamento a los distintos empleos que pueden integrar la Policía Local deberán ser aplicadas en el plazo de dos años en los distintos Cuerpos de Policía Local de Aragón.
2. La equivalencia de dichas denominaciones con las actualmente vigentes es la siguiente:
Escala técnica
Inspector Superintendente Subinspector Intendente Principal Oficial Intendente
Escala ejecutiva
Suboficial Inspector Sargento Subinspector Cabo Oficial Guardia Policía
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-01-1992 en vigor desde 04-01-1992