Dt 1 Protección general de las personas consumidoras y usuarias
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.
Vigente
Mientras no se aprueben la Ley y la normativa prevista en el artículo 53 y siguientes, relativas a las organizaciones de consumidores, seguirá aplicándose la normativa actual reguladora de las mismas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2012 en vigor desde 01-05-2012