Dt 1 Prevención y calidad ambiental
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»D.T. 1ª. Aplicación transitoria de la normativa vigente.
Vigente
En tanto no se desarrolle reglamentariamente la presente ley serán de aplicación, en cuanto no se opongan a la misma, las siguientes normas.
1) Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
2) Decreto 178/1995, de 31 de octubre, de la Comisión de Actividades Clasificadas de Extremadura y el Decreto 152/2003, de 29 de julio, que lo modifica.
3) Decreto 18/2009, de 6 de febrero, por el que se simplifica la tramitación administrativa de las actividades clasificadas de pequeño impacto en el medio ambiente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-06-2010 en vigor desde 24-09-2010