Dt 1 Presupuestos 2011 Galicia
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»D.T. 1ª.-Personal del Tribunal Gallego de Defensa de la Competencia.
Vigente
En tanto no entre en vigor la ley reguladora del Consejo Gallego de la Competencia, el presidente y los vocales del Tribunal Gallego de Defensa de la Competencia percibirán las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2010.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2010 en vigor desde 01-01-2011