Dt 1 Patrimonio de Andalucía

Dt 1 Patrimonio de Andalucía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 1ª.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Comunidad Autónoma de Andalucía se subrogará como titular en los contratos, bienes y derechos en general que se le transfiere. En tal caso, deberá respetar las obligaciones ya existentes, sin perjuicio del posible rescate de concesiones cuando existan motivos de interés general para ello.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-05-1986 en vigor desde 29-05-1986