Dt 1 Medidas tributarias, administrativas y sociales
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»D.T. 1ª.- Reclamaciones económico-administrativas en trámite.
Vigente
Las reclamaciones económico-administrativas que a la entrada en vigor de la presente ley estén tramitándose en las Juntas Territoriales Económico-Administrativas de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife y en la Junta Central Económico-Administrativa de Canarias pasarán al conocimiento de la Junta Económico-Administrativa de Canarias, conservándose las actuaciones ya realizadas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-11-2014 en vigor desde 11-11-2014