Dt 1 Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad
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»D.T. 1ª.
Vigente
Lo dispuesto en este Real Decreto-ley sobre vacaciones y días de asuntos particulares, días adicionales a los días de libre disposición o de similar naturaleza, no impedirá que el personal funcionario, estatutario y laboral disfrute los días correspondientes al año 2012, conforme a la normativa vigente hasta la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
Igualmente lo dispuesto en el artículo 9 de este Real Decreto-ley no será de aplicación a los empleados públicos que a su entrada en vigor, se encuentren en la situación de incapacidad temporal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-07-2012 en vigor desde 15-07-2012