Dt 1 Medidas Fiscales y Administrativas 2007 de Madrid
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»D.T. 1ª. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Vigente
El plazo de permanencia de cinco años, establecido en el artículo 3, apartado Uno, número 3, párrafo primero, resultará aplicable también a los bienes o derechos adquiridos por transmisión «mortis causa» antes de la entrada en vigor de esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2007 en vigor desde 01-01-2008