Dt 1 Libro cuarto del Codigo civil de Cataluña, relativo a las sucesiones
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»D.T. 1ª. Principio general
Vigente
Se rigen por el libro cuarto del Código civil las sucesiones abiertas y los testamentos, codicilos, memorias testamentarias y pactos sucesorios otorgados después de que haya entrado en vigor.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-07-2008 en vigor desde 01-01-2009