Dt 1 Estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
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»D.T. 1ª. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
Vigente
1. Las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior al de subdirección general, encuadrados en los órganos afectados por las modificaciones orgánicas establecidas en este Real Decreto, continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios.
2. Hasta que se apruebe la nueva relación de puestos de trabajo, las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los órganos suprimidos por este Real Decreto se adscribirán provisionalmente, a los órganos regulados en este Real Decreto en función de las atribuciones que tengan asignadas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-02-2024 en vigor desde 28-02-2024