Dt 1 Espectáculos públicos y actividades recreativas de Cataluña
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»D.T. 1ª. Régimen transitorio de los expedientes sancionadores
Vigente
Los expedientes sancionadores abiertos antes de la entrada en vigor de la presente ley se rigen por la normativa vigente en el momento de su apertura, salvo en los supuestos en que los preceptos de esta ley sean más favorables para los expedientados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-07-2009 en vigor desde 02-08-2009