Dt 1 dinamización de inve...ia pública

Dt 1 dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública

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D.T. 1ª. Inicio de actividad de la Agencia de Transformación Digital de la Región de Murcia.

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1. A partir de la fecha en que la Agencia de Transformación Digital de la Región de Murcia inicie su actividad, los procedimientos que se estén tramitando ante los órganos y las unidades de la Dirección General de Informática y Transformación Digital, de la Subdirección General de Tecnologías de la Información del Servicio Murciano de Salud y de la Fundación Integra, pasarán a ser tramitados por los órganos y las unidades equivalentes de la Agencia de Transformación Digital de la Región de Murcia.

2. En tanto se produzcan las necesarias adaptaciones, las funciones que correspondan a la Agencia de Transformación Digital de la Región de Murcia seguirán desarrollándose por los órganos y unidades administrativas de la Consejería que las tenga encomendadas a través de la Dirección General de Informática y Transformación Digital y de la Subdirección General de Tecnologías de la Información del Servicio Murciano de Salud. Asimismo, las menciones realizadas en los respectivos decretos de estructura a dichos órganos, deben entenderse referidas a la Agencia de Transformación Digital de la Región de Murcia.

3. El personal de la Dirección General de Informática y Transformación Digital, de la Subdirección General de Tecnologías de la Información del Servicio Murciano de Salud y de los servicios informáticos y de sistemas de información de los hospitales y las gerencias del Servicio Murciano de Salud, y de la Fundación Integra, será adscrito en la relación de puestos de trabajo del organismo autónomo Agencia de Transformación Digital de la Región de Murcia desde la fecha de entrada en funcionamiento efectivo, sin perjuicio de lo que establezca la normativa aplicable en materia de función pública.