Dt 1 Cooperativas de Euskadi
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»D.T. 1ª. Expedientes en tramitación.
Vigente
Los expedientes en materia de cooperativas iniciados antes de la vigencia de esta ley se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones hasta ahora en vigor, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria tercera, número 2.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-07-1993 en vigor desde 18-08-1993