Dt 1 Conservación y uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 1ª. Continuidad de los aprovechamientos autorizados
Vigente
Las actividades o aprovechamientos que estuviesen autorizados a la entrada en vigor del presente Decreto que no reúnan las condiciones establecidas en el mismo podrán seguir desarrollándose con arreglo a las condiciones en que fueron autorizadas durante el tiempo de vigencia de las respectivas autorizaciones o planes aprobados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-03-2012 en vigor desde 28-03-2012