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Dt 1 Conciertos sociales en los ámbitos de salud y servicios sociales

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D.T. 1ª. Estudio sobre la gestión indirecta de servicios.

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En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley foral, los departamentos que cuentan con servicios públicos con gestión indirecta y que fueran a establecer conciertos sociales con los parámetros recogidos en esta ley foral elaborarán un estudio sobre todos los servicios prestados mediante gestión indirecta y presentarán al Parlamento de Navarra una revisión y planificación para la recuperación progresiva de los mismos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-11-2017 en vigor desde 01-12-2017