Dt 1 Comercio de Aragón

Dt 1 Comercio de Aragón

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 1ª.- Régimen transitorio general.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los procedimientos de autorizaciones iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley se tramitarán y resolverán por la normativa vigente en el momento de la presentación de la solicitud.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 11-04-2015