Dt 1 Ciclo integral del agua

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.

Vigente

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Inicialmente y durante los primeros cinco años de vigencia de la presente Ley, se consideran aprobados, a los efectos previstos en el artículo 15 de la misma, el Plan Director de Abastecimiento de Agua y el Plan Director de Depuración de Aguas Residuales Urbanas que fueron objeto de resolución por parte del Pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha de fecha 26 de diciembre de 1996.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-07-2002 en vigor desde 09-07-2002