Dt 1 Carreteras de I. Balears
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»D.T. 1ª.
Vigente
Las líneas fijadas en los instrumentos de planeamiento vigentes, con la función de delimitar aéreas inedificables para la construcción o modificación de carreteras, pasaran a ser los límites de la zona de reserva tal como se define en esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-06-1990 en vigor desde 27-06-1990