Dt 1 Bienestar para las generaciones presentes y futuras
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»D.T. 1ª. Aprobación del reglamento interno de funcionamiento de la Comisión
Vigente
La Comisión para el bienestar de las generaciones presentes y futuras de las Illes Balears redactará, en el plazo de un año desde su constitución, su propio reglamento, que detallará su funcionamiento, de forma complementaria a lo que establece el artículo 16 de esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-04-2023 en vigor desde 14-04-2023