Dt 1 Archivos y gestión documental
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 1ª. Creación de los servicios de archivos y gestión documental
Vigente
La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y los consejos insulares, en el plazo máximo de un año, deben crear los correspondientes servicios de archivos y gestión documental para planificar, gestionar y supervisar el subsistema archivístico y todos los aspectos relacionados con la asistencia técnica a los archivos y con la formación profesional de sus responsables y el resto de funciones establecidas en esta ley.