Disposicion único Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General
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»DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
Vigente
Quedan derogados los Capítulos V y VI, relativos al Régimen de Seguridad en el Transporte Ferroviario y a la Investigación de Accidentes Ferroviarios, del Título III del Reglamento del Sector Ferroviario, aprobado por el Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, así como cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga a lo dispuesto en el mismo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-07-2007 en vigor desde 07-09-2007