Disposicion único Medidas tributarias y económico-administrativas
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»DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Normas que se derogan.
Vigente
1. Se derogan expresamente las siguientes normas:
Los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24 y 25 y la disposición adicional duodécima de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública.
El artículo 41 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas.
El artículo 6 de la Ley 25/2006, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas.
La disposición transitoria cuarta de la Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Illes Balears.
2. Asimismo, se derogan todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo que establece la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2007 en vigor desde 01-01-2008