Disposicion único Agencia...de Turismo

Disposicion único Agencia Catalana de Turismo

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DISPOSICIÓN DEROGATORIA.

Vigente

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Quedan derogadas todas las normas que se opongan a lo establecido por la presente Ley, sin perjuicio de la vigencia de las siguientes disposiciones, cuya relación se hace a título enunciativo, o de las que las modifican o las sustituyen, siempre y cuando no contradigan la presente Ley y mientras no se aprueben las normas de desarrollo y de aplicación:

  1. El Decreto 13/1986, de 16 de enero, de constitución del Consorcio de Promoción Turística de Cataluña.

  2. El Decreto 40/1990, de 23 de enero, por el que se modifican los estatutos del Consorcio de Promoción Turística de Cataluña.

  3. El Decreto 83/1997, de 1 de abril, por el que se cambia la denominación del Consorcio de Promoción Turística de Cataluña por la de Turismo de Cataluña y se modifican los estatutos.

  4. El Decreto 110/2000, de 6 de marzo, por el que se modifican los estatutos del consorcio Turismo de Cataluña.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2007 en vigor desde 18-12-2007