Disposicion único Agencia Catalana de Turismo
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Quedan derogadas todas las normas que se opongan a lo establecido por la presente Ley, sin perjuicio de la vigencia de las siguientes disposiciones, cuya relación se hace a título enunciativo, o de las que las modifican o las sustituyen, siempre y cuando no contradigan la presente Ley y mientras no se aprueben las normas de desarrollo y de aplicación:
El Decreto 13/1986, de 16 de enero, de constitución del Consorcio de Promoción Turística de Cataluña.
El Decreto 40/1990, de 23 de enero, por el que se modifican los estatutos del Consorcio de Promoción Turística de Cataluña.
El Decreto 83/1997, de 1 de abril, por el que se cambia la denominación del Consorcio de Promoción Turística de Cataluña por la de Turismo de Cataluña y se modifican los estatutos.
El Decreto 110/2000, de 6 de marzo, por el que se modifican los estatutos del consorcio Turismo de Cataluña.
- Texto Original. Publicado el 17-12-2007 en vigor desde 18-12-2007