DisposiciÓn �nico nica Turismo de C. Valenciana -Derogada-
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Autorización previa para la contratación de las acciones de promoción turística
Vigente
A efectos de la coordinación de la promoción e imagen de la Generalitat, la contratación y ejecución de las acciones de promoción turística previstas en el título II de esta ley, requerirán autorización previa de la secretaria autonómica competente en materia de comunicación de la Generalitat.
Modificaciones
- Modificación realizada ( ) por LEY 13/2016, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
(DOGV de 31-12-2016) en vigor desde 01-01-2017 - Texto Original. Publicado el 22-05-1998 en vigor desde 01-01-2017