DIRECTIVA 2004/37/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 29 de abril de 2004, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición durante el trabajo a agentes carcinógenos, mutágenos o reprotóxicos (sexta Directiva específica con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 89/391/CEE del Consejo). - Diario Oficial de la Unión Europea de 30-04-2004
Índice
Texto
Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 08 de Abril de 2024
F. entrada en vigor: 20/05/2004
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 158
F. Publicación: 30/04/2004
Documento oficial en PDF: Enlace
- Se modifica el título de la presente Directiva para incluir la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición durante el trabajo a agentes reprotóxicos, además de los carcinógenos o mutágenos.
- Directiva (UE) 2022/431 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2022, por la que se modifica la Directiva 2004/37/CE, relativa a la proteccion de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicion a agentes carcinogenos o mutagenos durante el trabajo
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Ámbito de aplicación - Identificación y evaluación de los riesgos
CAPÍTULO II. OBLIGACIONES DE LOS EMPRESARIOS
Artículo 4. Reducción y sustitución
Artículo 5. Disposiciones dirigidas a evitar o reducir la exposición
Artículo 6. Información a la autoridad competente
Artículo 7. Exposición imprevisible
Artículo 8. Exposición previsible
Artículo 9. Acceso a las zonas de riesgo
Artículo 10. Medidas de higiene y de protección individual
Artículo 11. Información y formación de los trabajadores
Artículo 12. Información de los trabajadores
Artículo 13. Consulta y participación de los trabajadores
Artículo 13 bis. Acuerdos de los interlocutores sociales
CAPÍTULO III. DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 14. Control médico
Artículo 15. Registro de historiales médicos
Artículo 16. Valores límite
Artículo 16 bis. Determinación de agentes reprotóxicos sin umbral y con umbral
Artículo 17. Modificación del anexo II
Artículo 17 bis. Ejercicio de la delegación
Artículo 17 ter. Procedimiento de urgencia
Artículo 18. Utilización de los datos
Artículo 18 bis. Evaluación
Artículo 19. Información de la Comisión
Artículo 20. Derogación
Artículo 21. Entrada en vigor
Artículo 22. Destinatarios
ANEXO I. Lista de sustancias, mezclas y procedimientos [artículo 2, letra a), inciso ii), y letra b), inciso ii)]
ANEXO II. Recomendaciones prácticas para el control médico de los trabajadores (apartado 7 del artículo 14)
ANEXO III. Valores límite y otras disposiciones directamente relacionadas (artículo 16)
ANEXO III bis. Valores límite biológicos vinculantes y medidas de vigilancia de la salud (Artículo 16, apartado 4)
ANEXO IV
ANEXO V