Df única Protección y reg...silvestres

Df única Protección y regulación de la fauna y flora silvestres

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D.F. UNICA.

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La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, debiendo ser publicada también en el Boletín Oficial del Estado.

Por tanto ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda la guarden y la hagan guardar.

Madrid, 14 de febrero de 1991.

JOAQUÍN LEGUINA,

Presidente

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-03-1991 en vigor desde 05-03-1991