Df única Protección de los Animales de Compañía
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»D.F. UNICA.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana», debiéndose publicar asimismo en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos, Tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, que observen y hagan cumplir esta Ley.
Valencia, 8 de julio de 1994.
JOAN LERMA I BLASCO,
Presidente de la Generalidad Valenciana
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-07-1994 en vigor desde 11-07-1994