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»D.F. UNICA. Entrada en vigor
Vigente
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 5 de noviembre de 2008
José Montilla i Aguilera
Presidente de la Generalidad de Cataluña
Jordi Ausàs i Coll
Consejero de Gobernación y Administraciones Públicas
(08.308.131)
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-11-2008 en vigor desde 02-12-2008