Df única modificación de los porcentajes de retención a los rendimientos de trabajo en el IRPF
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»D.F. UNICA. Entrada en vigor
Vigente
El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOTHA y será de aplicación a las retribuciones percibidas a partir de 1 de enero de 2023.
Vitoria-Gasteiz, 27 de diciembre de 2022
Diputado General RAMIRO GONZÁLEZ VICENTE
Diputada Foral de Hacienda, Finanzas y Presupuestos ITZIAR GONZALO DE ZUAZO
Directora de Hacienda MARÍA JOSÉ PEREA URTEAGA