Df única desarrolla parcialmente el RD. 939/2005 -Reglamento General de Recaudacion-
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»D.F. UNICA. Entrada en vigor.
Vigente
La presente orden entrará en vigor el día 9 de octubre de 2007.
Madrid, 28 de junio de 2007.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, Pedro Solbes Mira.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-07-2007 en vigor desde 09-10-2007