Df �nica Lanbide-Servicio Vasco de Empleo
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»D.F. UNICA.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Por consiguiente, ordeno a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi, particulares y autoridades, que la guarden y hagan guardarla.
Vitoria-Gasteiz, a 21 de octubre de 2011.
El Lehendakari,
FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-11-2011 en vigor desde 03-11-2011