Df �nica Inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales
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»D.F. Única. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .
Dado en Valencia, el 1 de julio de 2005.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Administraciones Públicas,
JORDI SEVILLA SEGURA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-07-2005 en vigor desde 16-07-2005