Df �nica rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León
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»D.F. UNICA.
Vigente
La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, excepto los apartados 3 y 7 del artículo 1 de esta ley, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2023.
No obstante lo anterior, los apartados 1 y 2 del artículo 1 de esta ley tendrán efectos desde el 1 de enero de 2022.
Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Valladolid, 1 de diciembre de 2022.
El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-12-2022 en vigor desde 13-12-2022