Df �nica Medidas Tributarias y Administrativas 2000 Aragón
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»D.F. UNICA. Entrada en vigor.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2001. Así lo dispongo a los efectos del artículo 9.1 de la Constitución y los correspondientes del Estatuto de Autonomía de Aragón.
Zaragoza, 27 de diciembre de 2000. El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2000 en vigor desde 01-01-2001