Df �nica Medidas administrativas, tributarias, de tasas y de función publica
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»D.F. UNICA. Entrada en vigor
Vigente
La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero del año 2005.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Murcia, 28 de diciembre de 2004. El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2004 en vigor desde 01-01-2005