Df �nica Libro sexto del Código tributario
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. Única.
Vigente
Este Decreto legislativo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por lo tanto, ordeno que toda la ciudadanía a la que sea de aplicación este Decreto legislativo coopere en su cumplimiento y que los tribunales y las autoridades a las que corresponda lo hagan cumplir.
Barcelona, 12 de marzo de 2024
Pere Aragonès i Garcia
President de la Generalitat de Catalunya
Natàlia Mas i Guix
Consejera de Economía y Hacienda