Df �nica Función Publica de Asturias -Derogada-
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»D.F. Única.
Vigente
Se autoriza al Consejo de Gobierno para el desarrollo reglamentario de la presente Ley.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y autoridades que la guarden y la hagan guardar.
Oviedo, 26 de diciembre de 1985.
PEDRO DE SILVA CIENFUEGOS-JOVELLANOS,
Presidente
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-1985 en vigor desde 19-01-1986