Df �nica Coordinación de Policías Locales de Aragón -Derogada-
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»DISPOSICIÓN FINAL.
Vigente
Se autoriza a la Diputación General para dictar las disposiciones reglamentarias que requiera el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos, Tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta Ley.
Dada en Zaragoza a 15 de abril de 1987.
Santiago Marraco Solana.
Presidente de la Diputación General de Aragón
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-04-1987 en vigor desde 12-05-1987