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Df �nica Consejo Económico y Social de C. León

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D.F. UNICA.

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La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Por tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Valladolid, 28 de noviembre de 1990. El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: JESUS POSADA MORENO

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-12-1990 en vigor desde 15-12-1990