Df 9 Presupuestos general... I Balears

Df 9 Presupuestos generales para 2022 de I. Balears

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D.F. 9ª. Modificación del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

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El artículo 17 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears, queda modificado de la siguiente manera:

Artículo 17

Medidas de coordinación, elaboración y gestión de convenios (artículo 9 de la Ley 1/1986)

1. La consejería o la entidad instrumental del sector público autonómico que, en ejercicio de sus competencias o funciones, tenga previsto suscribir un convenio con una entidad pública o privada remitará una copia de la propuesta del convenio a la dirección general competente en materia de presupuestos, la cual emitirá un informe preceptivo sobre la propuesta cuando del contenido del convenio se deriven ingresos para la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears o para la entidad instrumental correspondiente por un importe igual o superior a 50.000 euros.

2. De todos los expedientes de convenio de colaboración han de informar, preceptivamente, los servicios jurídicos de la consejería sectorial competente por razón de la materia o del ente instrumental correspondiente.

Este informe deberá constatar la adecuación del contenido del convenio de colaboración a las normas que son de aplicación en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2021 en vigor desde 01-01-2022