Df 9 Presupuestos 2019 Murcia

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D.F. 9ª. Entrada en vigor.

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1. La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2019 o, en el caso de que su publicación fuera posterior a dicha fecha, el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de lo dispuesto de forma expresa en las disposiciones de esta Ley.

2. La disposición adicional cuadragésima primera entrará en vigor el mismo de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Murcia, a 26 de diciembre de 2018.-El Presidente, Fernando López Miras

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019