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Df 9 Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico

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D.F. 9ª. Entrada en vigor.

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Esta ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", con excepción de la disposición adicional undécima, que entrará en vigor al día siguiente.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los tribunales y autoridades a los que corresponda, que la hagan cumplir.

Zaragoza, 29 de junio de 2021.

El Presidente de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-2021 en vigor desde 02-10-2021