Df 9 2023 PGE
D.F. 9ª. Modificación de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.
Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley y vigencia indefinida se da una nueva redacción al párrafo primero del apartado dos del artículo 15 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, en la parte en la que el citado texto regula la tasa por publicación de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado», que queda redactado como sigue:
«Dos. Estarán exentos del pago de la tasa los anuncios oficiales, cualquiera que sea el solicitante de la inserción, cuando la misma resulta obligatoria, de acuerdo con una norma legal o reglamentaria, las celebraciones de subastas efectuadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través del Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, así como los edictos y anuncios de Juzgados y Tribunales cuando la inserción sea ordenada de oficio.»
El resto del artículo mantiene la misma redacción.
- Modificación realizada (D.F. 9ª) por Corrección de errores de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
(BOE de 02-03-2023) en vigor desde 01-01-2023 - Texto Original. Publicado el 24-12-2022 en vigor desde 01-01-2023