Df 8 Seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias
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»D.F. 8ª. Entrada en vigor.
Vigente
Este real decreto entrará en vigor el 31 de octubre de 2020.
Dado en Madrid, el 27 de octubre de 2020.
FELIPE R.
El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
JOSÉ LUIS ÁBALOS MECO
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-10-2020 en vigor desde 31-10-2020