Df 8 Recuperación de la tierra agraria

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D.F. 8ª. Comisión de Evaluación y Seguimiento de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia

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1. Con el fin de llevar a cabo el seguimiento e la evaluación de la presente ley se creará, en el plazo de un año desde su entrada en vigor y mediante decreto del Consejo de la Xunta, la Comisión de Evaluación y Seguimiento de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

2. La Comisión tendrá una composición plural y contará con la presencia de expertos y especialistas en la materia, procedentes del ámbito universitario, académico o de los colegios profesionales relacionados con el ámbito sectorial.

3. La Comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Remitir bianualmente al Parlamento de Galicia un informe de evaluación sobre las actuaciones realizadas por la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en materia de recuperación de la tierra agraria.

b) Conocer los informes de control de la gestión económico-financiera emitidos por los órganos de control externo e interno, y proponer las estrategias encaminadas a corregir las deficiencias observadas.

c) Analizar los recursos personales, materiales y presupuestarios que la Administración autonómica debe soportar para la consecución de los objetivos de esta ley, así como su escenario plurianual.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-05-2021 en vigor desde 22-05-2021