Df 8 Montes y Ordenación Forestal
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»D.F. 8ª. Adaptación de ordenanzas municipales
Vigente
En el plazo de dos años, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, las ordenanzas municipales se acomodarán a las previsiones contenidas en los instrumentos de planificación previstos en la misma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-12-2004 en vigor desde 03-03-2005