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Df 8 impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas

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D.F. 8ª. Entrada en vigor.

Vigente

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Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

La disposición final sexta entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.

Madrid, 27 de diciembre de 2022.

FELIPE R.

El Presidente del Gobierno, PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2022 en vigor desde 29-12-2022