Df 7 Medidas fiscales, financieras y administrativas e impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos
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»DISPOSICIÓN FINAL SÉPTIMA. Aplicación del procedimiento establecido por el artículo 75 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.
Vigente
El procedimiento establecido por el artículo 75 del texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, en la redacción establecida por la presente ley, es aplicable a los importes correspondientes a la facturación o repercusión del canon percibidos después del 31 de marzo de 2012.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-03-2012 en vigor desde 24-03-2012