Df 7 Medidas en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y reducción del IVA en las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles
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»D.F. 7ª. Entrada en vigor.
Vigente
Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 20 de septiembre de 2022.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno, por suplencia (artículo 13.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre), la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, NADIA CALVIÑO SANTAMARÍA
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-09-2022 en vigor desde 22-09-2022