Df 7 Medidas Administrativas Urgentes
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»D.F. 7ª. Entrada en vigor
Vigente
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley, coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.
Oviedo, uno de diciembre de dos mil veintiuno.-El Presidente del Principado de Asturias, Adrián Barbón Rodríguez.-Cód. 2021-10561.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-12-2021 en vigor desde 04-12-2021